Burg and Brock
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Abogados de Lesiones Personales en Los Angeles

Si usted o un familiar resultó herido por la negligencia de otro, hable hoy con un abogado litigante. Consulta gratuita en español, las 24 horas. Sin honorarios a menos que ganemos su caso.

Llame al (888) 528-8595 para consulta gratuita
Publicidad Legal Última actualización: 2026-05-08 Revisado por Cameron Yadidi BrockVerificación Cal Bar #183112 Consulta gratuita
Hable con un abogado las 24 horas. La consulta es gratuita. No paga honorarios a menos que ganemos su caso. Siete oficinas en California: Sherman Oaks (sede), Glendale, Beverly Hills, Irvine, Bakersfield, Visalia y Modesto.
$1B+
Recuperado para clientes
3,000+
Casos manejados
25+
Años de práctica
7
Oficinas en California

Por qué llamar hoy

Si usted o un familiar ha sufrido una lesión grave en Los Angeles por la negligencia de otra persona, el momento de actuar es ahora. En Burg & Brock entendemos lo que significa cargar con facturas médicas, perder ingresos, y enfrentar a una compañía de seguros que ya tiene un equipo legal trabajando contra usted desde el primer día. Por eso, antes de hacer cualquier cosa más, llame al (888) 528-8595 para hablar con un abogado de lesiones personales en su idioma, sin costo, y sin compromiso.

Nuestra oficina ha representado a más de 20,000 personas heridas en accidentes de auto, de camión comercial, de motocicleta, en propiedades inseguras, en mordeduras de perro, en quemaduras, en lesiones cerebrales y de columna, y en docenas de otros tipos de casos donde alguien resultó herido por culpa de otro. Hemos recuperado más de $1 mil millones para nuestros clientes y trabajamos bajo un modelo de honorarios por contingencia: si no ganamos, usted no paga.

Esta página le explica las áreas en las que practicamos, sus derechos bajo las leyes de California, los plazos legales que debe respetar, y qué pasos tomar después de un accidente. Si quiere hablar con alguien hoy mismo, llámenos. Tenemos personal bilingüe que entiende la diferencia entre traducir palabras y traducir su situación.

Sus derechos bajo las leyes de California

California es uno de los estados más protectores en cuanto a víctimas de lesiones personales, pero los derechos no se aplican solos. Hay que ejercerlos, dentro de plazos estrictos, y con evidencia que aguante en una sala de tribunal o en una mesa de negociación con la aseguradora.

Bajo el Civil Code §1714(a) ("Civil Code §1714(a), duty of care"), toda persona tiene la obligación legal de actuar con cuidado razonable para no causar daño a otros. Cuando alguien rompe ese deber, un conductor que iba mirando el celular, un dueño de tienda que dejó un piso mojado sin señal, una empresa de transporte que puso a un chofer sin descansar al volante, y ese descuido produce una lesión, esa persona o empresa es legalmente responsable.

El Code of Civil Procedure §335.1 ("CCP §335.1, two-year statute of limitations") le da a la víctima dos años desde la fecha del accidente para presentar una demanda. Hay excepciones: si el demandado es una entidad pública, el plazo se reduce a seis meses para presentar el reclamo administrativo bajo el California Government Code §911.2. Si la víctima es menor de edad, el reloj no empieza hasta que cumpla los 18 años.

California también opera bajo la doctrina de negligencia comparativa pura ("pure comparative negligence"), confirmada por la Corte Suprema de California en Li v. Yellow Cab Co. (1975) 13 Cal.3d 804. Esto quiere decir que aunque la víctima haya sido parcialmente responsable del accidente, todavía puede recuperar daños, solo se le reduce el monto en proporción a su porcentaje de culpa. Si un jurado decide que usted fue 20% responsable y que sus daños totales son $500,000, todavía recibe $400,000.

Cómo Burg & Brock trabaja su caso

Cada caso lo trabaja un equipo: un abogado titular, un asistente legal bilingüe, un investigador de campo, y los expertos médicos o forenses que el caso requiera. No somos una fábrica de casos donde lo atiende un asistente diferente cada vez que llama.

El primer paso es una consulta gratuita, en español si lo prefiere. Le explicamos qué tan fuerte vemos su caso, qué evidencia se necesita, y qué puede esperar en términos de plazos y montos. Si tomamos el caso, firmamos un acuerdo de honorarios por contingencia: nuestro pago es un porcentaje de lo que recuperemos, y si no recuperamos nada, usted no nos paga nada.

Después abrimos el archivo, mandamos cartas de representación a las aseguradoras involucradas (lo que detiene las llamadas de ajustadores en su contra), pedimos los reportes de policía, los registros médicos, y las grabaciones que existan de cámaras de tránsito o de negocios. Documentamos sus lesiones con un médico que no tenga conflicto con la aseguradora del causante.

Negociamos primero. La mayoría de los casos se resuelven sin juicio porque las aseguradoras saben que cuando llevamos un caso a juicio, llegamos preparados. Pero si la oferta es injusta, presentamos demanda en la Corte Superior del Condado correspondiente, Stanley Mosk Courthouse para casos del Condado de Los Angeles, Van Nuys Courthouse para el Valle de San Fernando, North County Regional Center en Chatsworth, y lo llevamos hasta el final.

Áreas de práctica

A continuación están las áreas principales en las que representamos a víctimas. Cada enlace lleva a una página dedicada con más información sobre ese tipo específico de caso.

Accidentes de vehículos motorizados

  • Choques de auto en Los Angeles, choques en el 405, en el 101, en el 5, en intersecciones del Valle, en las calles de Downtown. Conductores distraídos, ebrios, exceso de velocidad, choques por detrás.
  • Accidentes de motocicleta, los motociclistas son visibles solo cuando alguien decide mirarlos. Documentamos el caso desde el primer día para que el motociclista no termine pagando por el descuido del otro conductor.
  • Accidentes por división de carriles ("lane splitting"), California es el único estado donde la división de carriles es expresamente legal bajo el Vehicle Code §21658.1.

Accidentes de camiones comerciales

  • Camión de gran tamaño ("big rig"), pólizas mínimas federales de $750,000, frecuentemente $1 millón o más. Bitácoras electrónicas (ELD), datos del motor, mantenimiento, hojas de despacho.
  • Camión de 18 ruedas, normas federales (FMCSA) que las empresas deben cumplir. Cuando no cumplen, es evidencia directa de negligencia.
  • Semi-camión, choques que producen lesiones catastróficas o fatales por la diferencia de masa.
  • Camión de reparto, Amazon, FedEx, UPS, USPS, repartidores locales. Pregunta clave: empleado o contratista independiente.

Lesiones por propiedad insegura y otras causas

  • Responsabilidad de locales, caídas en supermercados, restaurantes, hoteles, edificios de apartamentos.
  • Amputación, pérdida de extremidad por accidente vehicular, laboral, con maquinaria, o por mala práctica médica.
  • Mordeduras de perro (responsabilidad estricta bajo Civil Code §3342)
  • Quemaduras, lesiones cerebrales traumáticas, resbalones y caídas, muerte por negligencia (CCP §377.60), accidentes Uber/Lyft, accidentes de aviación, daños por fuego.

Páginas geográficas

Causas comunes

Aunque cada caso es diferente, las causas que vemos una y otra vez en nuestra práctica son:

  • Conductores distraídos, celular, GPS, comer al volante. La distracción es ahora la causa principal de choques en el sur de California.
  • Conducción ebria o bajo influencia, el Vehicle Code §23152 lo prohíbe; la condena penal del conductor es evidencia fuerte en el caso civil.
  • Exceso de velocidad, particularmente en autopistas como la 405 y la 110 donde el flujo real difiere del límite.
  • Mantenimiento deficiente de propiedad comercial, pisos mojados sin señal, escaleras sin pasamanos, alfombras sueltas.
  • Equipos de seguridad faltantes en sitios de construcción, almacenes, y plantas industriales.
  • Defectos de producto, responsabilidad estricta bajo Greenman v. Yuba Power Products (1963) 59 Cal.2d 57.
  • Mala práctica médica, diagnóstico tardío, error quirúrgico, error de medicación.

Teorías de responsabilidad

La responsabilidad legal en California puede establecerse bajo varias teorías, dependiendo de los hechos del caso:

  • Negligencia, la base de la mayoría de los casos. Hay que probar deber, incumplimiento, causalidad, y daños.
  • Respondeat superior, el empleador responde por los actos de sus empleados realizados dentro del curso del empleo.
  • Responsabilidad de locales, el dueño u ocupante del lugar tiene un deber proporcional al estatus del visitante. Rowland v. Christian (1968) 69 Cal.2d 108 abolió la distinción rígida entre invitado, licenciatario, y trespasser.
  • Responsabilidad estricta por producto, cuando un producto defectuoso causa lesión, no hay que probar negligencia del fabricante.
  • Responsabilidad estricta por mordedura de perro, Civil Code §3342 hace al dueño responsable sin importar si el perro tenía historial.
  • Negligencia per se, cuando el demandado violó una ley de seguridad diseñada para proteger contra el tipo de daño que sufrió la víctima.

Cómo se reparten los daños

Daños económicos
  • Facturas médicas pasadas y futuras
  • Cirugía, hospitalización y rehabilitación
  • Medicamentos recetados y equipo médico
  • Salarios perdidos y capacidad de ingresos reducida
  • Modificaciones a la casa y al vehículo
  • Gastos de bolsillo relacionados con la lesión
Daños no-económicos
  • Dolor y sufrimiento físico
  • Angustia emocional y trastorno por estrés postraumático
  • Pérdida de consorcio para el cónyuge
  • Pérdida del disfrute de la vida
  • Desfiguración y cicatrices
  • Pérdida de función corporal
Daños punitivos
  • Disponibles bajo Civil Code §3294
  • Requieren evidencia clara y convincente de malicia, opresión o fraude
  • La conducción ebria y la conducta gravemente imprudente pueden calificar
  • Calibrados según la riqueza y conducta del demandado
  • Diseñados para disuadir, no solo compensar
  • La revisión apelativa limita el multiplicador

Rangos reportados de acuerdos y veredictos

Perfil del casoLesionesRango reportado
Choque vehicular con cuello/espalda y tratamiento conservadorDistensión cervical, terapia, sin cirugía$15,000 – $50,000
Lesión moderada con cirugía menor o terapia prolongadaDisco herniado, articulación, recuperación de 6-12 meses$75,000 – $250,000
Cirugía mayor (fusión espinal, reemplazo articular)Daño permanente con limitación funcional$250,000 – $750,000
Lesión cerebral traumática moderada-graveDéficit cognitivo, pérdida de capacidad laboral$500,000 – $3,000,000+
Amputación o discapacidad permanentePérdida de extremidad, paraplejía, lesiones catastróficas$1,000,000 – $5,000,000+

Resultados pasados no garantizan resultados futuros. El valor del acuerdo depende de la responsabilidad, la severidad, los límites de cobertura, y los hechos específicos del caso.

Por qué trabajar con Burg & Brock

  • Más de 90 años de experiencia colectiva entre los abogados del equipo
  • Más de 20,000 casos manejados y más de $1 mil millones recuperados
  • 99% de tasa de éxito en casos aceptados
  • 7 oficinas en California para atender al cliente cerca de donde vive
  • Personal bilingüe desde la recepción hasta el abogado titular
  • Honorarios por contingencia, no paga si no ganamos
  • Atención 24/7, un accidente no espera al horario de oficina

Sede central: 4554 Sherman Oaks Avenue, Unit A100, Sherman Oaks, CA 91403
Oficina de Irvine: 8001 Irvine Center Drive, Irvine, CA 92618

Siete pasos después del accidente

  1. Llame al 911 si hay heridos, y al departamento de policía aunque parezca menor.
  2. Acepte atención médica en la escena. Algunas lesiones, como conmoción cerebral o lesión de cuello, no se sienten en el momento.
  3. Tome fotos de los vehículos, la escena, las placas, y sus lesiones visibles.
  4. Pida los datos del otro conductor: nombre completo, número de licencia, póliza de seguro, teléfono.
  5. Hable lo menos posible con la aseguradora del otro lado. No dé declaración grabada hasta consultar con un abogado.
  6. Guarde toda la documentación: facturas médicas, recetas, informes de doctor, recibos, y un registro diario de cómo se siente.
  7. Llame a un abogado de lesiones personales dentro de los primeros días. Mientras antes empiece la investigación, mejor se preserva la evidencia.
Plazo de dos años bajo el Code of Civil Procedure §335.1. California da a la persona lesionada dos años desde la fecha de la lesión para presentar la demanda (CCP §335.1). Los reclamos contra entidades públicas tienen un plazo mucho más corto, seis meses bajo el Government Code §911.2. Si vence cualquiera de los dos plazos, el reclamo se pierde.

Dónde se presentan estos casos

La Corte Superior de Los Angeles asigna las demandas civiles de lesiones personales a tribunales específicos según la ubicación del incidente y de las partes. Los casos de esta área de práctica suelen llegar a:

  • Stanley Mosk Courthouse, 111 N. Hill Street, Los Angeles (Departamento Civil)
  • Van Nuys Courthouse East, Valle de San Fernando
  • Burbank Courthouse
  • Pasadena Courthouse
  • Long Beach Courthouse Governor George Deukmejian
  • Compton Courthouse
  • Santa Monica Courthouse
  • Lamoreaux Justice Center (Condado de Orange)
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Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta contratar a Burg & Brock?

Nada por adelantado. Trabajamos por contingencia. Nuestro pago sale del monto que recuperemos. Si no recuperamos nada, usted no nos paga nada.

¿Cuánto vale mi caso?

No hay manera honesta de contestarlo sin verlo. El valor depende de la severidad de la lesión, los gastos médicos, los ingresos perdidos, el grado de culpa del otro lado, y las pólizas de seguro disponibles. La consulta es gratis y le damos una valoración real, no un número inflado.

¿Cuánto tarda un caso?

Los casos sencillos se resuelven en tres a seis meses. Los casos con lesiones graves o con disputa de culpabilidad pueden tardar uno a dos años, o más si vamos a juicio. Lo que no hacemos es apurar un acuerdo malo para cobrar rápido.

¿Qué pasa si yo también tuve algo de culpa?

California opera bajo negligencia comparativa pura, Li v. Yellow Cab Co. (1975) 13 Cal.3d 804. Aún si el jurado le asigna a usted parte de la culpa, todavía puede recuperar la parte proporcional al porcentaje de culpa del otro lado.

¿Tienen abogados que hablen español?

Sí, desde el personal que contesta el teléfono hasta los abogados titulares. Hablamos español todos los días con clientes y ante la corte cuando se requiere intérprete certificado.

¿Y si el otro conductor no tenía seguro?

Si su póliza incluye cobertura de motorista no asegurado o subasegurado (uninsured/underinsured motorist coverage), su propia aseguradora le responde. Revisamos la póliza completa para identificar todas las coberturas disponibles, incluyendo MedPay y cobertura por gastos médicos.

¿Tengo que ir a corte?

Probablemente no. Más del 90% de nuestros casos se resuelven sin juicio. Pero negociamos siempre desde una posición lista para juicio, porque ahí es donde las aseguradoras suben la oferta de verdad.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar mi caso?

Dos años bajo CCP §335.1 para la mayoría de los casos. Seis meses si la otra parte es una entidad pública (un autobús del MTA, un vehículo de la ciudad). No espere, la evidencia se pierde con el tiempo.

¿Pueden ayudar si el accidente fue en otro condado?

Sí. Cubrimos todo el sur de California desde nuestras 7 oficinas, Los Angeles, Orange, Riverside, San Bernardino, Ventura, Santa Barbara, Kern.

¿Qué pasa si soy indocumentado?

Su estatus migratorio no le quita el derecho a recuperar daños bajo la ley de California. Rodriguez v. Kline (1986) 186 Cal.App.3d 1145 confirma que la ley de lesiones personales protege a la víctima sin importar su estatus. No compartimos información migratoria con nadie.

¿Puedo cambiar de abogado si ya tengo uno?

Sí. La mayoría de los acuerdos de honorarios permiten que usted cambie de abogado en cualquier momento. Le explicamos cómo se divide el pago entre los abogados sin que a usted le cueste más.

¿Qué hago si la aseguradora ya me ofreció un acuerdo?

No firme nada antes de hablar con un abogado. La primera oferta casi siempre es baja, y firmar un finiquito le cierra la puerta a recuperar más después aunque después aparezcan gastos médicos que no esperaba.

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Ubicaciones relacionadas

Revisión gratuita del caso, llame al (888) 528-8595 día o noche
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