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Los accidentes causados por conductores bajo influencia generan responsabilidad civil agravada — incluyendo daños punitivos bajo Civ. §3294. Burg & Brock litiga contra el conductor, su aseguradora, y a veces el establecimiento que sirvió alcohol. Consulta gratuita.
Llame al (888) 528-8595 — consulta gratuita 24/7Hablamos español. Atendemos las 24 horas. La consulta es gratuita. No paga honorarios a menos que ganemos su caso. Siete oficinas en California: Sherman Oaks (sede), Glendale, Beverly Hills, Irvine, Bakersfield, Visalia y Modesto.
defendiendo a víctimas de lesiones en el sur de California.
en acuerdos y veredictos recuperados para nuestros clientes.
honorarios contingentes — no debe nada por adelantado.
Cuando el conductor estaba bajo influencia, la responsabilidad civil se complica favorablemente para la víctima. Primero: la violación de Veh. §23152 (DUI) es negligencia per se — la causa de acción se prueba con el reporte policial y el resultado del chemical test. Segundo: las cortes de California reconocen que conducir intoxicado constituye "conducta despreciable" bajo Civ. §3294, abriendo daños punitivos. Tercero: la cobertura del seguro suele ser más generosa porque el monto contiene daños punitivos como factor de riesgo elevado.
Las víctimas de DUI pueden recuperar daños económicos, no económicos, y punitivos. Los daños punitivos son adicionales — no reemplazan la compensación. Un jurado en Los Ángeles puede otorgar 1-9x los daños compensatorios como punitivos. Burg & Brock ha visto veredictos punitivos que multiplican el valor compensatorio de un caso DUI por 3-5 veces.
Bajo Bus. & Prof. Code §25602.1, los establecimientos que sirven alcohol pueden ser responsables solo en circunstancias muy limitadas — venta a menor obviamente intoxicado. La regla general bajo §25602 protege al vendedor de alcohol ("dram shop" exemption). Sin embargo, eventos sociales privados con anfitrión que sirvió alcohol pueden generar acción bajo doctrina de social host (limitada).
Las víctimas de lesiones personales en California están protegidas por un conjunto específico de estatutos. Conocer estos derechos antes de hablar con un ajustador de seguros puede cambiar el resultado de su reclamo.
Código Civil de California §1714 — Regla general de negligencia: toda persona es responsable por los daños causados por su falta de cuidado ordinario en la administración de su persona o propiedad.
Código de Procedimiento Civil §335.1 — Establece un plazo de dos años para presentar demandas por lesiones personales. El reloj corre desde la fecha del accidente.
Código Civil §3333 — Mide los daños como la cantidad que compensará todo el detrimento causado, sea o no anticipable razonablemente.
Código Civil §1431.2 — Bajo la Proposición 51, los daños no económicos se asignan en proporción al porcentaje de culpa de cada parte demandada.
Código Civil §3294 — Permite daños punitivos cuando hay malicia, opresión o fraude, claros y convincentes en la evidencia.
Rowland v. Christian, 69 Cal.2d 108 (1968) — Estableció los factores que determinan el deber de cuidado del propietario hacia visitantes.
Li v. Yellow Cab Co., 13 Cal.3d 804 (1975) — Adoptó la negligencia comparativa pura: la víctima recupera reducido por su porcentaje de culpa.
Howell v. Hamilton Meats & Provisions, 52 Cal.4th 541 (2011) — Limita la recuperación de gastos médicos a la cantidad efectivamente pagada por el seguro, no la facturada.
Pebley v. Santa Clara Organics, 22 Cal.App.5th 1266 (2018) — La regla de Howell no aplica cuando el paciente decide tratarse sin usar su seguro de salud.
Trabajamos con investigadores, reconstrucción de accidentes y peritos biomecánicos para documentar la escena del caso de conductor ebrio (DUI) antes de que la evidencia se pierda.
Lo protegemos de tácticas comunes — declaraciones grabadas que reducen su pago, ofertas iniciales bajas, retrasos diseñados para presionar a aceptar menos.
Si no tiene seguro o su cobertura es limitada, le conectamos con médicos que aceptan un gravamen sobre la recuperación final.
Bajo el Código Civil §3333 tiene derecho a daños económicos (gastos médicos, salarios perdidos, capacidad de ganancia futura) y no económicos (dolor, sufrimiento, pérdida del disfrute).
Si la aseguradora no negocia de buena fe, presentamos la demanda en la Corte Superior del condado correspondiente — Los Ángeles, Orange, Ventura, San Bernardino, Riverside, Kern, Stanislaus o Tulare.
Hablamos español. Toda la comunicación, los documentos y las reuniones pueden manejarse en su idioma — sin tarifas adicionales de interpretación.
Caso paradigmático. Veh. §23152 + daños punitivos.
Wrongful death + reclamo de sobreviviente bajo CCP §377.30/60.
Atropello con BAC documentado. Cambia análisis de §1714 + punitivos.
Veh. §23136 (BAC 0.01+ menor de 21). Posibles demandados: padres, anfitrión social.
Veh. §23152(e). Cannabis, opioides, otras drogas. Análisis idéntico a alcohol.
Veh. §23152(d) BAC 0.04 estándar más estricto. CDL automáticamente suspendida.
Salida de bar/restaurante a hora pico. Veh. §23152.
Después de evento corporativo. Análisis de respondeat superior potencial.
Conductor reincidente con licencia suspendida. Veh. §14601.2. Negligencia agravada.
Combinación con drogas. Multiplica efecto. Veh. §23152(f).
Fiesta privada con menores. Bus. & Prof. §25602.1.
Comportamiento de carrera/competencia. Veh. §23103 (reckless driving) + §23152.
Responsabilidad directa + daños punitivos bajo Civ. §3294.
Respondeat superior si conducía vehículo de empleo. Diaz v. Carcamo.
Bus. & Prof. §25602.1 — limitado, solo si servir a menor obviamente intoxicado.
Bus. & Prof. §25602.1(c) — si sirvió a menor en su residencia.
Veh. §17150 hasta $15K si conocía/debió conocer condición del conductor.
Si conductor ebrio no tiene cobertura suficiente.
Gastos médicos pasados y futuros, salarios perdidos, pérdida de capacidad de ganancia, daños a la propiedad, costos de cuidado en el hogar. Se documentan con facturas, registros de empleo y testimonio de peritos vocacionales.
Dolor físico, sufrimiento mental, pérdida del disfrute de la vida, desfiguración, inconveniencia y pérdida de consorcio para el cónyuge. En la mayoría de casos de lesiones personales en California no tienen tope estatutario.
Bajo el Código Civil §3294, disponibles cuando hay malicia, opresión o fraude — por ejemplo, conducir bajo la influencia o atropellar y darse a la fuga. Castigan al demandado y disuaden conducta similar futura.
| Tipo de lesión | Rango aproximado |
|---|---|
| DUI con lesiones moderadas, BAC 0.10 | $100,000 – $400,000 |
| DUI severo con lesión cerebral | $750,000 – $3,000,000 |
| DUI con cuadriplejia | $3,000,000 – $10,000,000 |
| Wrongful death por DUI | $1,500,000 – $8,000,000+ |
| Veredictos punitivos contra DUI reincidente | 2-5x daños compensatorios |
Aviso importante: Los rangos anteriores reflejan resultados pasados de casos generales en California y no son una promesa. Cada caso depende de hechos únicos: gravedad de la lesión, claridad de la responsabilidad, límites de póliza disponibles y jurisdicción del tribunal. Resultados anteriores no predicen resultados futuros.
1. Busque atención médica de inmediato. Aunque se sienta bien, lesiones como conmociones cerebrales o sangrados internos pueden manifestarse horas o días después. El registro médico también vincula la lesión al accidente.
2. Llame al 911 y obtenga un reporte policial. El reporte oficial es evidencia clave para establecer responsabilidad. La policía documenta el lugar, los conductores y los testigos.
3. Tome fotos y videos en el sitio. Daños a los vehículos, sus lesiones visibles, condiciones del pavimento, marcas de frenado, señales de tráfico, condiciones climáticas. Mientras más documentación, mejor.
4. Identifique testigos. Nombres y teléfonos de cualquier persona que vio lo que pasó. Los testigos suelen perderse rápido — actúe el mismo día.
5. No haga declaraciones a la aseguradora del otro lado. Tiene derecho a declinar entrevistas grabadas. Cualquier admisión, aún involuntaria, puede usarse para reducir su pago.
6. Guarde toda la documentación. Facturas médicas, recibos de farmacia, registros de salarios perdidos, copias de correspondencia con aseguradoras, fotos.
7. Llame a un abogado de lesiones personales antes de firmar nada. La consulta es gratuita. Una llamada al (888) 528-8595 puede evitar que firme un acuerdo por debajo del valor real de su caso.
Bajo el Código de Procedimiento Civil §335.1, la mayoría de las demandas por lesiones personales en California deben presentarse dentro de los dos años desde la fecha del accidente. Hay excepciones — víctimas menores de edad bajo §352, reclamos contra entidades gubernamentales bajo el Código de Gobierno §911.2 (apenas seis meses para presentar el aviso de reclamo), reclamos por mala praxis médica bajo §340.5, y casos de muerte injusta bajo §377.60 — pero la regla general son dos años. Si la fecha se acerca, llame hoy mismo. Una demanda presentada un día tarde es generalmente rechazada por completo.
La mayoría de casos de lesiones personales ocurridos en Los Ángeles se litigan en la Corte Superior del Condado de Los Ángeles. Las divisiones más comunes son Stanley Mosk en el centro, Van Nuys (Distrito Norte), Spring Street, Chatsworth, Compton, Long Beach, Norwalk, y la división del este. El estatuto de procesamiento bajo el Código de Procedimiento Civil §583.310 exige llevar el caso a juicio dentro de cinco años desde la presentación de la demanda — un plazo que rara vez resulta problema, pero que conviene tener en mente al estructurar la estrategia.
No. El caso civil procede independientemente. De hecho, frecuentemente conviene avanzar el civil mientras la evidencia está fresca. Si el conductor es convicto criminalmente, la condena es admisible en el caso civil bajo Evidence Code §1300.
Reporte policial + resultado del chemical test (BAC) + dispositivos de medición de aliento (Breathalyzer). El test sanguíneo se preserva bajo procedimientos forenses. Esos documentos son admisibles.
Sí, frecuentemente. Civ. §3294 requiere malicia, opresión o fraude por evidencia clara y convincente. DUIs documentados con BAC alto califican bajo "despicable conduct that subjects the plaintiff to cruel and unjust hardship".
Sin tope estatutario en California (a diferencia de algunos estados). Los jurados de LA típicamente otorgan 1-9x los daños compensatorios. La Corte Suprema (State Farm v. Campbell) sugiere ratio máximo de 9:1 como debido proceso.
No. Bajo Insurance Code §533, pólizas no pueden cubrir conducta intencional o dolosa. Punitivos vienen del bolsillo personal del conductor. En la práctica, sirven como palanca para mejor acuerdo (el demandado quiere evitar exposición personal).
Respondeat superior aplica a daños compensatorios. Para punitivos contra empleador, se necesita autorización, ratificación, o empleo deliberado bajo conocimiento de propensión bajo Civ. §3294(b).
Limitado bajo §25602.1. Solo si vendió a menor obviamente intoxicado. La política de California es proteger al vendedor (dram shop exemption). Excepción rara.
Generalmente no responsable bajo Civ. §1714(c). Excepción: si sirvió a menor en su casa bajo §25602.1(c).
12-24 meses típicamente. Si hay punitivos en disputa, frecuentemente más cerca de 24 meses.
La mayoría se resuelven antes del juicio. Pero estar preparado para presentar punitivos a jurado es lo que sube valor de acuerdos.
Sí. CCP §377.60 — cónyuge, hijos, padres. Acción separada con potencial punitivo contra conductor DUI.
Sí. (888) 528-8595 24/7.
Aviso requerido por la Regla 7.1 del Colegio de Abogados de California: Los resultados pasados no garantizan resultados similares en casos futuros. Cada caso es distinto y depende de sus propios hechos, lesiones y circunstancias jurídicas. La información en esta página es para fines generales y no constituye consejo legal.
Llame ahora al (888) 528-8595. Hablamos español. No paga honorarios a menos que ganemos su caso.
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